No se admitirán ofertas de trabajo que estén incursas en alguna de las modalidades siguientes, o que conlleven situaciones asimiladas a las mismas, como por ejemplo:
- Trabajo de comisionistas, a menos que exista un salario parcial sujeto a contrato laboral.
- Trabajos sólo para profesionales autónomos, cuyo pago se realice mediante facturación de servicios.
- Posiciones contractuales laborales que impliquen un desembolso económico por parte del contratado en cualquier momento de la vigencia del contrato.
- Trabajos basados en estructuras de venta piramidales, de red, cadenas, negocios multinivel, etc., incluyendo todos aquellos que impliquen una concurrencia de demandantes para ejercer una selección onerosa e intermediaria en el mercado laboral. |